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ATAN
Alegaciones al Avance de las Normas de Conservación del Monumento Natural de La Corona
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El monumento natural está atravesado por varias carreteras, que no admiten trazados alternativos inmediatos sin un coste medioambiental similar al actual. Por lo tanto, proponemos como mínimo la integración de dichas carreteras en el espacio protegido, mediante medidas de camuflaje de las mismas, como pueden ser la restauración de taludes e infraestructuras asociadas, o el asfaltado con colores compatibles con el medio circundante.
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Proponemos la ampliación del monumento natural, integrando en el mismo las cinco zonas definidas en el punto 4 del documento normativo, y manteniendo la periferia resultante de dicha ampliación como zona periférica de protección.
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Se debe regular y reducir la afluencia de turistas a la Cueva de los Verdes, por el gran impacto que provocan no sólo sobre la propia cueva, sino sobre la parte exterior de la misma, y los accesos. Además, debería proponerse una política de visita a la cueva mediante vehículos de transporte público, evitando la necesidad de los aparcamientos existentes, e incluso eliminándolos y reconstruyendo el terreno afectado. La misma política debería seguirse con los Jameos. Un sistema similar al que se utiliza en el Parque Nacional de Timanfaya.
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En el documento normativo se comenta que, a pesar de la fragilidad de algunos pequeños enclaves, no se ha considerado oportuno zonificar suelo con categoría de zona de exclusión. No entendemos el motivo de esta decisión, y proponemos que se creen dichas zonas, independientemente del tamaño y fragmentación de las mismas.
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El hecho de que las playas de jable más sensibles sean las más visitadas contradice al uso permitido 2.1.c, del documento normativo, que permite el baño en el litoral. Debería limitarse esta actividad en los lugares más frágiles.
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En el punto 2.2.q del documento normativo, referente a los usos prohibidos, debería hacerse una mención especial a los radares, para evitar situaciones como la que se está viviendo actualmente en el Parque Rural de Anaga, en Tenerife.
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En el punto 2.2.v del documento normativo, la altura mínima para sobrevolar el monumento natural debería aumentarse hasta los 1000 metros.
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En el apartado 2.2.x del documento normativo, así como en el punto 4.7, se nombra los carteles de señalización del espacio protegido. Nos gustaría indicar que se evite en lo posible el uso de carteles informativos de grandes dimensiones o especialmente impactantes, como por ejemplo los que se está utilizando actualmente para la delimitación de otros espacios naturales protegidos, de dudosa calidad y que provocan un impacto importante en el medio.
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En el punto 2.2.cc, referente a la prohibición de realizar maniobras militares, debe hacerse una mención específica al sobrevuelo de éstos mediante cualquier tipo de vehículo.
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Se debe dar preferencia a todas las actividades de saneamiento, con el fin de eliminar la contaminación por aguas fecales a todos los tubos volcánicos conocidos.
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Que se acometa el vallado urgente de todos los restos arqueológicos existentes dentro del monumento natural.
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En la página WEB del Gobierno de Canarias no se ha publicado los planos del documento, con lo que no hemos podido comprobar en detalle muchos aspectos de los que se comenta en el mismo. Por ejemplo, no hemos podido estudiar bien todo lo referente a la zonificación, por la falta de un mapa o algún documento que las delimite claramente. Solicitamos una vez más que se publique la totalidad de los planos anexos a la memoria, para no tener que desplazarnos hasta la sede de la Dirección General.
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6 Octubre 2003
 Lanzarote |
 La Corona |
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