Incumplimiento normativa ambiental - Legislación sobre protección de la calidad astronómica de los observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias

26/2/1999

Por medio de este comunicado esta Asociación quiere poner en conocimiento de la opinión pública un nuevo caso de incumplimiento de la normativa reguladora del medio ambiente.

De todos es sabido, y así es reconocido a nivel mundial, la excepcional calidad del cielo en las islas lo que las convierten en uno de los lugares más idóneos del planeta para efectuar investigaciones astronómicas; precisamente por ello se eligió el archipiélago para desarrollar este campo a través del Instituto de Astrofísica de Canarias, concretamente en las islas de Tenerife y La Palma.

Sin embargo, también ha aumentado considerablemente la contaminación lumínica en las islas provocada por el desarrollo económico, el urbanístico, las grandes infraestructuras y por otras muchas actividades efectuadas al aire libre con iluminación artificial. Con el fin de proteger la calidad astronómica de Canarias, se dictó la Ley 31/1988, de 31 de octubre, sobre Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias y su Reglamento de Desarrollo aprobado por Real Decreto 243/1992. Pues bien, esta Ley es, por lo general, ignorada por la Administración Pública de Canarias (Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente y Ayuntamientos), quienes ni cumplen ni hacen cumplir dicha normativa, si bien no dudan un instante en presumir de astrofísico, de sus logros y se dan codazos para salir en la foto cada vez que se premia la labor de este centro investigador.

El ejemplo más claro -como no-, lo encontramos en materia urbanística. La Ley, entre otras medidas, preceptúa la adaptación de los proyectos urbanísticos a una serie de medidas técnicas, que minimicen o eliminen los efectos producidos por los sistemas de iluminación de las urbanizaciones o de cualquier otra actuación que requiera la iluminación artificial. Asimismo exige a la Administración la solicitud de informe técnico preceptivo al Instituto de Astrofísica de Canarias en los expedientes de solicitud de licencia de obras, así como en la puesta en funcionamiento y realización de las instalaciones de alumbrado de las distintas urbanizaciones, lo cual no se hace, provocando con ello que la calidad astronómica del cielo de Canarias, en concreto en la isla de Tenerife, se agrave considerablemente.

Pero es que, además, tampoco se cumple por parte de la Administración Pública (Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente) la propia normativa urbanística de la Comunidad autónoma, en concreto el Decreto 35/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Contenido Ambiental de las figuras de planeamiento, que establece la necesidad de evaluar y, en su caso, corregir las afecciones al medio ambiente, haciendo referencia expresa a las emisiones luminosas.

Por tanto, como en otros tantos casos tan solo queda esperar a que alguna vez "la luz" ilumine el cerebro de algún responsable político y le dé por cumplir y hacer cumplir las leyes protectoras del medio ambiente.

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