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1997
En el año 1990 el Cabildo Insular de La Palma optó para el tratamiento de sus basuras por el método de eliminación por incineración; para ello adquirió una serie de hornos auto incineradores que "colocó" en diversos puntos de su geografía insular; entre ellos, en el espacio natural protegido denominado por la Ley 12/1987, de declaración de espacios naturales protegidos de Canarias, como Parque Natural de Cumbre Vieja y Teneguía. Este sistema de eliminación de basuras contó con un gran rechazo de la población, sobre todo de las zonas afectadas, y, fundamentalmente, de los grupos ecologistas de La Palma, de Canarias y del Estado español. Pues bien, este sistema ha constituido un tremendo fracaso; no ha resuelto el problema sino que lo ha agravado. En cualquier caso, al margen de nuestra clara posición en contra de este sistema de eliminación de basuras, la actuación de las distintas administraciones públicas que han intervenido en las diversas autorizaciones con que ha contado el Plan Insular de Residuos Sólidos de la isla de La Palma, esta Asociación ha planteado un recurso contencioso - administrativo, ante la Sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al entender que se ha actuado de forma manifiestamente ilegal. Se ha incumplido la Ley 12/1987, de declaración de espacios naturales de Canarias, la Ley 12/1994, de espacios naturales protegidos de Canarias, la Ley 1/19900, de prevención del impacto ambiental, la normativa estatal sobre contaminación atmosférica y normativa europea sobre incineradoras municipales de basuras, así como la normativa sobre actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. |